En un giro definitivo para la investigación del asesinato de Nora Dalmasso, la Cámara Criminal, Correccional y de Acusación de 2° Nominación de Río Cuarto dictó el sobreseimiento total de Roberto Marcos Barzola, el único imputado en la causa. El tribunal consideró que la acción penal en su contra había prescripto, ya que el crimen ocurrió hace casi 19 años.
La decisión de los jueces Pablo Bianchi, Carlos Hernán González Castellanos y María Victoria Cavagnaro se basa en el artículo 62, inciso 2, del Código Penal, que establece un plazo máximo de prescripción de 15 años para el delito que se le atribuía a Barzola: abuso sexual seguido de muerte.
Según el fallo, el Ministerio Público Fiscal no enfrentó “un obstáculo legal insuperable” que justificara detener el curso de la prescripción. Los jueces descartaron el argumento de la querella que sostenía que la imposibilidad del esposo e hijo de la víctima de actuar como querellantes, debido a que también habían sido imputados, debía suspender el plazo. “Los lapsos en que se investigó a los mencionados (Marcelo y Facundo Macarrón) no pueden reputarse como períodos de suspensión de la acción penal”, explicaron.
Imprescriptibilidad descartada
La querella había argumentado que, por tratarse de un delito de violencia de género, el crimen de Dalmasso debía ser considerado de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptible.
Sin embargo, el tribunal rechazó este planteo. A pesar de reconocer la gravedad del hecho, los magistrados concluyeron que el caso no cumple con los supuestos legales para ser exceptuado de la prescripción.
Con esta resolución, la causa por el crimen de Nora Dalmasso, que conmocionó a la opinión pública por casi dos décadas, llega a su fin sin responsables.
