La Cámara Criminal de Deán Funes dictó la absolución de Luis Alberto Farias, oficial de policía que, en julio de 2016, abatió a un hombre armado durante un procedimiento en la localidad de San José de las Salinas. El fallo, emitido en sala unipersonal tras una extensa investigación, coincidió con el pedido de la fiscal de Cámara, la Dra. Carolina Elías, al concluir que el uniformado actuó en el legítimo ejercicio de su cargo y en cumplimiento de su deber, quedando exento de cualquier sanción penal.
El caso se originó la madrugada del 3 de julio de 2016, cuando Cristian Ivan Muñoz violó una orden de restricción de acercamiento y efectuó múltiples disparos con una pistola calibre 22 contra la vivienda de su expareja. Ante la llegada de los efectivos, el agresor huyó hacia una zona de campos, lo que motivó un operativo de rastrillaje por parte de las fuerzas de seguridad. Tras avanzar unos 50 metros en el sector rural, una patrulla localizó al sujeto, quien desobedeció la voz de alto, intentó escapar en motocicleta y disparó contra los uniformados. Ante la agresión inminente, el policía imputado repelió el ataque con su escopeta reglamentaria cargada con postas de plomo, impactando en la cabeza del atacante, quien falleció horas más tarde en un hospital de Córdoba Capital.
Los fundamentos de la sentencia ratificaron que el uso racional de la fuerza es una herramienta legítima del Estado y que la conducta del efectivo se encuadró en el artículo 34, inciso 4° del Código Penal. El tribunal fue categórico al señalar que no se le puede exigir a un agente enfrentar con munición no letal a un delincuente que ya demostró disposición para matar, ya que esto implicaría obligar al personal policial a asumir riesgos irrazonables para su propia vida. Con esta resolución, la Justicia del norte provincial convalidó el accionar del uniformado al determinar que actuó en legítima defensa de sus compañeros y de la comunidad ante una amenaza armada.
En tanto la familia del hombre fallecido, desde hace tiempo, llevaba adelante una campaña en redes sociales denunciando lo que consideraban un caso de ejecución policial seguido de encubrimiento institucional. A diferencia de la versión oficial que fundamentó la absolución del uniformado, la querella sostenian que Muñoz no era un delincuente, que estaba desarmado y que recibió un disparo de escopeta calibre 12/70 a corta distancia y por la espalda mientras intentaba subirse a su motocicleta en la casa de un familiar.
El entorno de la víctima fundamenta su reclamo en severas contradicciones surgidas durante las audiencias del debate oral. Según expusieron, mientras el acusado alegó un presunto enfrentamiento, otros efectivos policiales que participaron del operativo brindaron testimonios divergentes; entre ellos, un cabo declaró no haber visto ningún arma en poder de Muñoz al momento del hecho, viéndose sorprendido por la detonación. Asimismo, la familia denunció la presunta alteración de la escena del crimen, señalando que la Policía Judicial constató doce horas después que el lugar no había sido preservado y que elementos clave, como la motocicleta, el casco y una mochila con pertenencias de la víctima, habían sido retirados antes de los peritajes correspondientes.
Otro de los puntos centrales del reclamo público se enfocaba en el tratamiento administrativo que recibió el imputado a lo largo de casi una década. La defensa de los derechos de Muñoz cuestionaban que Farías transitara todo el proceso judicial en libertad, sin recibir sanciones severas por parte del Tribunal de Conducta Policial y continuando activamente en funciones dentro de la Policía de Córdoba, donde experimentó sucesivos ascensos de rango desde subinspector hasta oficial principal.
Finalmente Farias fue absuelto hoy por la Justicia de Córdoba.
