El Juzgado en lo Civil y Comercial de 31ª Nominación de la ciudad de Córdoba desestimó de manera íntegra una demanda por daños y perjuicios interpuesta por una pareja contra su obra social y un sanatorio privado. Los demandantes exigían un resarcimiento económico al denunciar un presunto trato indigno y violencia obstétrica, argumentando que no se les garantizó la disponibilidad exclusiva de un anestesiólogo de guardia las 24 horas para llevar adelante un parto natural con anestesia epidural a fines de 2020.
En su fallo, el juez Aquiles Villalba determinó que las acusaciones carecían de sustento probatorio tras evaluar el caso con perspectiva de género y bajo el estricto marco de la emergencia sanitaria por Covid-19, momento en que el sistema de salud operaba bajo un colapso generalizado y severas restricciones de recursos. La resolución constató que la institución médica cumplió con todos los controles prenatales obligatorios del Plan Médico Obligatorio (PMO) y resguardó la seguridad de la madre y del bebé mediante un servicio de obstetricia adecuado con guardias pasivas para emergencias.
El magistrado remarcó que la imposibilidad estructural de destinar un anestesiólogo de forma permanente para partos vaginales no quirúrgicos en medio de un contexto de fuerza mayor, así como la disconformidad de los pacientes con las pautas médicas del establecimiento, no configuran actos denigrantes ni omisiones sancionables bajo las leyes de Parto Humanizado y de Protección Integral hacia las Mujeres. Al no acreditarse ningún daño resarcible ni una conducta antijurídica por parte de los prestadores, el tribunal procedió al rechazo definitivo de la pretensión indemnizatoria.
