La Cámara Tercera del Crimen absolvió a María Alejandra Barrera en relación a un hecho de violencia acontecido en el año 2021. La acusación inicial sostenía que Barrera había causado lesiones graves calificadas a su ex-pareja, en un acto que la defensa argumentó como un caso de legítima defensa.
El juicio, se centró en los eventos ocurridos en el año 2021. La situación involucraba a la acusada, María Alejandra Barrera, quien se vio confrontada por su expareja. Este último irrumpió en su domicilio, infringiendo una orden de restricción, amenazándola y golpeándola con una silla.
Para protegerse, Barrera reaccionó arrojando una pava eléctrica hacia su agresor. La acusación sostenía que la defensa se había producido fuera de la casa y con el uso de una olla de agua hirviendo. Sin embargo, durante el juicio se reveló que la víctima sufría de una artritis reumatoidea deformante que le impedía manipular objetos de este tipo.
La Fiscalía de Cámara demostró que debido a esta condición médica, la víctima no era capaz de levantar una olla con agua caliente, lo que invalidaba la acusación inicial. Se concluyó, por tanto, que el acto de María Alejandra Barrera se enmarcaba dentro de las posibilidades que tenía la víctima para defenderse, especialmente teniendo en cuenta su diagnóstico de osteoporosis, que le limitaba aún más en su capacidad de respuesta.
En vista de estas circunstancias, se determinó que el incidente se trató de un caso claro de legítima defensa.
