La Justicia con competencia en Familia de Corral de Bustos condenó a un progenitor a pagar una indemnización de dos millones de pesos ($2.000.000) a su hijo de nueve años en concepto de daño moral, tras una prolongada negativa a reconocer su paternidad que obligó a la madre a iniciar una acción legal.
El caso llegó al juzgado a partir de la demanda interpuesta por la madre del niño, quien reclamó el establecimiento del vínculo filial, la fijación de alimentos provisorios y una indemnización por el daño moral provocado a su hijo por la falta de reconocimiento.
La mujer relató ante el tribunal que, luego de una relación esporádica con el demandado, este se desentendió del niño y se negó rotundamente a reconocerlo, lo que la obligó a recurrir a la Justicia para garantizar el derecho a la identidad de su hijo. Aunque una prueba de ADN arrojó resultado positivo, la renuencia del hombre persistió.
El juez Claudio Daniel Gómez, a cargo de la causa, había fijado inicialmente alimentos provisorios para atender las necesidades urgentes del niño. Tras ser notificado de la acción, el demandado reconoció voluntariamente el vínculo filial en el Registro Civil, por lo que el magistrado declaró “abstracta” la acción de filiación. Sin embargo, el progenitor se opuso al reclamo por daño moral y solicitó la reducción de la cuota alimentaria, denunciando una actitud negligente de la madre.
Al fallar sobre el daño moral, el juez Gómez desestimó la oposición del padre y explicó que el perjuicio se configura por la negativa o falta del derecho a la identidad, específicamente por la privación del derecho al nombre y a la ubicación dentro de una familia determinada.
“Transitar por la vida sin más apellido que el materno y sin poder alegar la paternidad, causa en cualquier persona un daño psíquico marcado”, afirmó el magistrado, quien sostuvo que el daño se produce por la conducta antijurídica del padre que se negó al reconocimiento.
El juez enfatizó que los daños psíquicos causados por la falta de un verdadero emplazamiento biológico y familiar marcan negativamente al niño, afectándolo durante toda su existencia. “Lo que se indemniza son las aflicciones, sufrimientos o perturbaciones en los sentimientos que se derivan de la falta de conocimiento de la propia identidad, como así también no ser considerado… como hijo de padre conocido”, concluyó el fallo al condenar al padre a la indemnización millonaria.
