En un fallo que prioriza la identidad construida por sobre el dato biológico, la Justicia de Córdoba rechazó la demanda de impugnación de filiación presentada por un hombre que pretendía desvincularse legalmente de su hija de 14 años. La resolución, dictada por el juez Gabriel Tavip, titular del Juzgado de Familia de Segunda Nominación, determinó que el derecho del demandante había caducado y subrayó la irresponsabilidad de los progenitores al ocultar la verdad a la menor durante casi una década.
La historia se remonta al período entre 2004 y 2011, cuando L. M. B. y V. S. L. estuvieron casados. Tras su separación de hecho, mantuvieron encuentros ocasionales bajo una modalidad de relación abierta, marco en el cual nació M. J. B. en el año 2012. Debido a que el divorcio legal recién se concretó en 2014, la niña fue inscripta bajo la presunción legal de paternidad del esposo. Durante doce años, el hombre cumplió con sus deberes parentales y el pago de la cuota alimentaria, hasta que en 2024 decidió judicializar sus dudas biológicas.
Al analizar el caso, el magistrado detectó que el demandante no actuó con transparencia. Si bien alegó un desconocimiento reciente, la madre aportó una prueba genética realizada de forma privada en 2016 que ya confirmaba la falta de vínculo biológico. El juez remarcó que L. M. B. conocía este resultado desde hacía ocho años, habiendo aportado incluso material genético para el test, por lo que el plazo legal para impugnar la paternidad se encontraba largamente vencido.
Más allá de los plazos técnicos, la sentencia hizo hincapié en la “posesión de estado” de la adolescente. El juez Tavip explicó que la joven se identifica plenamente con su apellido y reconoce al demandante como su padre en el plano afectivo y social. Desplazar ese estado filial consolidado en el tiempo supondría una vulneración a su identidad, entendida esta como un proceso dinámico que trasciende la genética. Para la Justicia, el vínculo socioafectivo construido durante catorce años prevalece sobre la realidad biológica que el padre pretendía utilizar para desvincularse.
El fallo incluyó un severo llamado de atención para ambos padres, a quienes el magistrado calificó de irresponsables por haber ocultado la verdad a su hija de manera deliberada. Resultó particularmente grave que, al momento de ser citada a la primera audiencia, la adolescente aún no conociera su origen. Ante esta situación, se dispuso una instancia de acompañamiento psicológico para informarle que, aunque la demanda del padre fue rechazada, ella conserva el derecho imprescriptible de iniciar en el futuro un juicio para reclamar su filiación biológica o modificar su apellido si así lo desea.
