Un ciudadano brasileño, identificado como Fernando Alves Ferreira, fue declarado culpable del asesinato de Eduarda Santos en la ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, según informaron fuentes judiciales. El veredicto fue emitido por un jurado popular que descartó el agravante de femicidio debido a que el acusado se autopercibe como mujer.
El fallo se dio a conocer luego de dos horas y media de deliberación, llegando a una decisión unánime. Ahora, las partes llevarán a cabo el juicio de cesura, donde se determinará la pena correspondiente para Alves Ferreira.
El fiscal Martín Losada había solicitado que el acusado fuera declarado culpable de “homicidio triplemente calificado por alevosía, femicidio y mediante el empleo de un arma de fuego, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal”. A pesar de que el fiscal consideró que existió “violencia de género” como agravante, el jurado popular solo atribuyó al acusado los agravantes de uso de arma de fuego y alevosía, descartando el femicidio.
El defensor oficial penal, Nelson Vigueras, argumentó durante el juicio que no se podía considerar el caso como femicidio debido a que el acusado no se identifica como hombre. Además, Vigueras afirmó que Alves Ferreira debería ser declarado no culpable por “razones de inimputabilidad”, alegando que en el momento del crimen el acusado estaba “perturbado”.
Según el fiscal Losada, el acusado asesinó a Eduarda Santos, madre de seis hijos, entre la 00:50 y las 2:30 del 16 de febrero de 2022. El crimen ocurrió en el cruce de la ruta provincial 77 y el sendero peatonal hacia el lago Escondido. Losada argumentó que el asesinato fue premeditado, ya que la víctima no tuvo oportunidad de defenderse al ser sorprendida en un lugar oscuro y alejado de su hogar. También señaló la situación de violencia de género que padecía Santos, quien dependía económicamente del agresor y no contaba con apoyo familiar ni amigos.
La investigación reveló que el acusado, quien mantenía una relación con otro hombre, había contratado a Santos para tener hijos y la mantenía económicamente. Sin embargo, la situación se tornó conflictiva cuando la víctima comenzó a poner límites y obstáculos respecto a la custodia de los niños, quienes en ese momento tenían menos de dos años.
El fiscal refutó el argumento de la defensa sobre la exclusión del femicidio debido a la autopercepción de género del acusado. Losada mencionó que Alves Ferreira tuvo oportunidades previas para cambiar su identidad de género tanto en Brasil, donde la ley lo permite desde 2019, como en Argentina. Sin embargo, el deseo de ser reconocido como “Amanda” surgió a principios de este año y según el fiscal, fue con “fines utilitarios”.
Por su parte, la defensa oficial sostuvo que “Amanda” era una mujer antes del crimen y que no existía una subordinación de género en la relación entre la víctima y el acusado, argumentando que eran dos amigas en una relación de igualdad, sin cosificación.
