A partir de este viernes, los comercios y prestadores de servicios en Argentina podrán exhibir precios en dólares o en otras monedas extranjeras, además del peso. Esto se debe a una resolución de la Secretaría de Comercio publicada en el Boletín Oficial.
La normativa establece que los precios en dólares deben ser claros, visibles y coincidir con el importe final que se cobra en caja. También será obligatorio indicar el valor por unidad de medida para garantizar la transparencia en las transacciones.
Algunos detalles importantes sobre cómo funcionará el sistema:
– *No obligatorio*: Los comerciantes podrán optar si muestran precios en dólares o no.
– *Doble etiquetado*: Los valores deberán figurar en pesos y, opcionalmente, en dólares, con igual relevancia visual.
– *Aplicación gradual*: La medida se aplicará primero a rubros como vehículos, inmuebles y productos de lujo, tradicionalmente dolarizados.
Es importante destacar que esta medida no establece qué tipo de cambio deben usar los comerciantes, lo que les da libertad para optar por exhibir precios en pesos o en dólares, según su preferencia. Esta medida empezará a regir el 1° de abril.
