La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de 2° Nominación de Río Cuarto condenó al Estado provincial como así también a los expolicías Mario Luis Gaumet y Gustavo Javier Funez a pagar una indemnización por daño moral y pérdida de chance al padre del niño Alejandro Flores, quien murió en 1991, aunque sus restos fueron hallados recién en 2008. El monto indemnizatorio aproximado asciende en la actualidad a 39 millones de pesos. Asimismo, se fijó una tasa de interés equivalente a la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina más el 4% mensual. desde noviembre de 2022.
Según la investigación penal desarrollada para determinar la verdad histórica de los hechos (el delito ya estaba prescripto cuando encontraron los restos), el niño murió como consecuencia de las lesiones sufridas en un accidente automovilístico protagonizado por los uniformados; quienes, luego, ocultaron su cuerpo durante años.
En la sentencia civil, el tribunal de apelaciones consideró que los hechos descriptos en la plataforma fáctica son suficientemente reveladores de la “profunda impotencia, la desesperación y desasosiego que vivió no sólo el actor, sino también la madre del niño como también la sociedad, en general”. Asimismo, para la determinación del daño moral ocasionado al padre de la víctima, tomó en cuenta especialmente las circunstancias “traumáticas, crueles, dolorosas e inesperadas” que este vivenció.
Responsabilidad de la Provincia
Entre otras consideraciones, el tribunal rechazó la excepción de prescripción planteada por la Provincia por entender que este plazo debe computarse recién desde la fecha en que fueron encontrados los restos de la víctima y no cuando se produjo el accidente automovilístico. Asimismo, el tribunal –integrado por los vocales José María Herrán, Carlos Lescano Zurro y Fernanda Bentancourt- confirmó la responsabilidad civil de la Provincia en tanto que los agentes Gaumet y Funes pertenecían a la Policía de Córdoba al momento de cometer el hecho.
“Resulta indudable la responsabilidad que corresponde atribuir a la Provincia de Córdoba en el caso de autos, en donde se reclaman los daños causados por la muerte de un menor de edad -hijo del reclamante- con participación de dos agentes dependientes de la Policía provincial (…), máxime si tenemos en cuenta que los agentes policiales Mario Luis Gaumet y Gustavo Javier Funez se valieron de las circunstancias objetivas y subjetivas que les proporcionó su función de policías y del uso del vehículo de propiedad del Estado, para cometer el ilícito y luego ocultarlo, más allá de que los agentes policiales hayan estado fuera de servicio o hayan obrado fuera de los límites específicos de la función propia del cargo”, subrayó el camarista José María Herrán, autor del voto.
La Cámara también rechazó la existencia de responsabilidad de la progenitora del niño y enfatizó que Víctor Alejandro Flores (h) murió por causa exclusiva del obrar ilícito de los policías demandados. “De ninguna manera puede razonablemente atribuírsele a la madre participación en el proceso causal del luctuoso final de la vida del menor, en tanto que tal como se infiere de la plataforma fáctica fijada en el proceso penal (…), cualquier acción u omisión de la madre no importa aporte causal determinante o coadyuvante alguno en la producción del resultado dañoso, pues, el aberrante hecho delictual de los policías demandados se emplaza dentro del proceso causal como la única causa, adecuada y excluyente lamentable resultado”, afirmó Herrán.
Asimismo, los camaristas reiteraron que, si bien el accidente que sufrió el niño fue la causa eficiente de las lesiones, no es menos cierto que luego de ocurrido, los codemandados Gaumet y Funes no comunicaron lo sucedido ni llevaron al niño para que recibiera la atención necesaria que “tal vez podría haber salvado su vida”.
El caso
El 16 de marzo de 1991, Alejandro Víctor Flores, un niño de apenas cinco años, acompañado de su madre Rosa Arias y su hermana menor Johana de tres meses, visitaron a su tía, a unas 20 cuadras de su casa, en la ciudad de Río Cuarto. Sin embargo, lo que parecía ser un día ordinario pronto se convertiría en una pesadilla que se extendería durante años.
A medida que la tarde avanzaba, Alejandro expresó su deseo de dirigirse a la plaza para jugar con sus amigos. Su madre, accediendo a su petición, le permitió ir. No obstante, una repentina tormenta alteró el curso de los acontecimientos. Ante esta situación, Rosa le pidió a su sobrina que entregara un buzo a su primo en la plaza, a unas cuadras. Pero, al no encontrarlo allí, inició una desesperada búsqueda por parte de la familia en los alrededores, que resultó infructuosa.
Con el transcurso del tiempo, la incertidumbre sobre el paradero de Alejandro atormentaron a su madre. Durante años, recibió mensajes confusos y llamadas falsas, algunas de mal gusto, y acosaron a Rosa, quien incluso viajó hasta Punta Arenas, Chile, en 1994, tras recibir información engañosa. En su búsqueda desesperada, recurrió al programa “Gente que busca gente”, interactuando con figuras públicas como Moria Casán y reuniéndose con el ministro de Justicia Alberto Iribarne en 2007, aunque los avances fueron escasos.
Pasaron varios años y se realizaron múltiples marchas en búsqueda de información sobre Alejandro. En 1996, un policía reveló un impactante dato: dos colegas habían patrullado la zona la tarde de la desaparición, atropellando a un niño y llevándolo todavía con vida a la casa de dos enfermeras amigas, quienes no lograron salvarlo. Sin embargo, la investigación policial fue nula y el informante enfrentó consecuencias legales por falso testimonio.
El fatídico descubrimiento ocurrió en julio de 2008, cuando Horacio Zorzini, un verdulero cercano al lugar de la desaparición, encontró casualmente restos óseos en una acequia, a escasos trescientos metros del sitio donde Alejandro había desaparecido. Las autoridades confirmaron que los huesos pertenecían al cráneo y demás partes de un niño. La autopsia reveló fracturas en cadera y extremidades superiores e inferiores.
La triste verdad emergió en 2009, cuando el fiscal Javier Di Santo señaló a los oficiales del comando radioeléctrico Mario Gaumet y Gustavo Funes como responsables del atropello de Alejandro. Además, se les acusó de no brindarle atención médica y de ocultar su cuerpo. Aunque se les imputó homicidio culposo y encubrimiento, se les sobreseyó por prescripción.
El año 2014 trajo un importante avance en la búsqueda de justicia. La Corte ordenó profundizar la investigación y examinar los acontecimientos que dificultaron el proceso. El fallo subrayó la obligación del Estado de garantizar el derecho de los padres de Alejandro a conocer la verdad detrás de estos hechos devastadores.