El Juzgado Civil, Comercial y de Familia de 3° Nominación de San Francisco rechazó una demanda por daños y perjuicios presentada por un motociclista que colisionó con un caballo suelto en la vía pública. El accidente, ocurrido un domingo en una zona periférica de la ciudad, provocó al conductor una incapacidad permanente del 18%.
El damnificado responsabilizaba al municipio por no haber evitado la presencia del animal en la calle. Sin embargo, el juez Carlos Ignacio Viramonte consideró que el hecho no podía atribuirse como una omisión del Estado, al no existir antecedentes ni denuncias previas sobre animales sueltos en el lugar.
El fallo: un hecho “inesperado e inevitable”
En su fallo, aún no firme, el magistrado explicó que si bien la municipalidad tiene el deber de intervenir ante la presencia de animales sueltos por razones de seguridad vial, esa responsabilidad solo se configura si existe un conocimiento previo o advertencia concreta que lo haga previsible.
“El municipio no fue advertido previamente sobre la presencia del caballo en la vía pública. En tales circunstancias, no sería razonable exigirle que impida la irrupción repentina de un animal en todas las calles de la ciudad”, sostuvo el juez. Y agregó: “Para imputar responsabilidad, deben existir denuncias o alertas que permitan desplegar una acción preventiva específica”.
En el análisis de la prueba, el tribunal confirmó que no hubo llamados telefónicos, avisos formales ni denuncias ante la línea 103 que hubieran advertido la presencia de animales sueltos en la zona del accidente.
Precedente legal
El fallo aclara que solo si el municipio ignora denuncias reiteradas o concretas sobre animales sueltos podría hablarse de falta de servicio. En este caso, al tratarse de una irrupción sorpresiva, el juez concluyó que fue un suceso “prácticamente inevitable” para la administración local.
Con esta resolución, la demanda fue desestimada y el municipio quedó desligado de cualquier tipo de responsabilidad civil en el accidente.
