El Juzgado en lo Civil, Comercial y Familia de 3° Nominación de la ciudad de Río Cuarto dispuso la suspensión inmediata de las actividades deportivas en un establecimiento de pádel ubicado en Alcira Gigena, tras constatar que los ruidos generados excedían la “normal tolerancia” vecinal. La medida judicial establece que el cese se mantendrá vigente hasta que los propietarios del complejo realicen las obras de adecuación necesarias para mitigar el impacto sonoro. La causa fue impulsada por vecinos colindantes quienes describieron su cotidianeidad como “invivible” debido al constante impacto de las pelotas y los gritos de los jugadores durante extensas jornadas de hasta 14 horas diarias.
En su resolución, la jueza Selene López analizó el conflicto bajo la figura de “inmisiones inmateriales” contemplada en el Código Civil y Comercial, buscando equilibrar el derecho de los vecinos a la tranquilidad con el derecho del comerciante a desarrollar una actividad deportiva lícita. Aunque el club contaba con una autorización municipal precaria y en la localidad no existía una normativa específica que regulara los decibeles de dicha actividad, la magistrada subrayó que la falta de reglamentación local no autoriza el avasallamiento de los derechos ajenos. Para determinar la existencia del daño, se valoró una pericia técnica que confirmó la categoría de ruidos molestos y se otorgó prioridad al uso residencial preexistente de los demandantes.
La sentencia no solo ordenó la adecuación edilicia, sino que también hizo lugar a una indemnización por daño moral para las familias afectadas, al considerar que se vio vulnerada su paz y salud psicofísica. No obstante, la jueza desestimó el pedido de traslado definitivo de las canchas por considerarlo una medida excesiva, entendiendo que el aislamiento acústico es una solución técnica viable y menos costosa. Por último, la justicia rechazó la demanda contra la Municipalidad de Alcira Gigena al considerar que el ente ejerció correctamente su poder de policía, aunque le encomendó la tarea de fiscalizar que las futuras obras de insonorización se cumplan de manera efectiva antes de permitir la reapertura.
