No habrá multa económica para los ciudadanos que no voten en las próximas elecciones para gobernador de Córdoba, que se llevarán a cabo el domingo 25 de este mes. El secretario Electoral provincial, Ernesto Torres, confirmó que la normativa que establece dicha sanción no está reglamentada.
Torres enfatizó que hasta el momento no se ha implementado el cobro de multas por la no emisión del sufragio y que la única consecuencia que podría enfrentar un ciudadano que no vote es que pueda tener dificultades en trámites administrativos. Sin embargo, aclaró que en ese caso, el ciudadano debe justificar su ausencia dentro de los plazos y requisitos establecidos por la ley.
Según el Código Electoral de Córdoba, aquellos ciudadanos que no emitan su voto y no puedan justificar su ausencia ante la Justicia electoral en un plazo de 60 días posteriores a la elección, deberían pagar una multa equivalente al 10% del salario mínimo, vital y móvil. Actualmente, ese salario se encuentra en 87.987 pesos, lo que implicaría una multa de 8.798,70 pesos.
Sin embargo, la Justicia Electoral informó que el artículo que establece dicha sanción no ha sido reglamentado, por lo tanto, no tiene vigencia en la actualidad.
Además, el artículo 17 inciso 1 de la normativa establece que están exentos de votar los menores de 18 años y los mayores de 70 años.
Es importante destacar que en el ámbito de las elecciones nacionales, el Código Electoral Nacional establece multas que van desde los 50 hasta los 500 pesos en caso de no emitir el sufragio en las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), que se llevarán a cabo el próximo 13 de agosto. En este caso, la norma sí está vigente.
