La Justicia de Córdoba dictó un fallo determinante al rechazar la demanda de un motociclista involucrado en un siniestro vial ocurrido en 2018 sobre la Avenida Bodereau. El juez Gustavo Massano, a cargo del Juzgado Civil y Comercial de 51° Nominación, resolvió eximir de toda responsabilidad al conductor de un Toyota Corolla tras considerar que el accidente fue provocado por la conducta imprudente del demandante, quien circulaba en una motocicleta Yamaha FZ. La resolución judicial no solo se limitó a desestimar el reclamo económico, sino que profundizó en la interpretación de las normas de tránsito vigentes y la valoración de la prueba testimonial en procesos de daños y perjuicios.
El núcleo de la controversia se centró en la mecánica del impacto. Mientras el motociclista sostenía que el automóvil lo había encerrado en una maniobra para estacionar, la pericia accidentológica fue contundente al demostrar que la moto intentó realizar un sobrepaso ilegal por la derecha dentro del mismo carril, impactando el lateral del vehículo mayor. Al analizar la Ordenanza Municipal 9981, el magistrado recordó que la única forma legal para que una motocicleta adelante a otro vehículo es por la izquierda. En sus fundamentos, el juez subrayó que un carril está destinado constitucionalmente a una sola hilera de vehículos, calificando como una maniobra sumamente arriesgada e ilícita el intento de pasar entre un auto y la vereda, algo que ningún conductor que circule correctamente por su carril debería estar obligado a prever.
Un aspecto disruptivo de la sentencia fue el análisis sobre la credibilidad de los testigos aportados. El juez otorgó mayor valor persuasivo al testimonio de la exesposa del demandado, quien viajaba como acompañante, por encima de un supuesto testigo independiente presentado por el motociclista. Esta decisión se fundamentó en la coherencia del relato de la mujer con las pruebas físicas y las conclusiones del perito mecánico. Por el contrario, el testigo del demandante incurrió en contradicciones severas, como afirmar que la víctima llevaba casco cuando los registros hospitalarios confirmaron lo contrario. El fallo destaca que la relevancia vital de haber vivido el hecho desde el interior del vehículo aporta una precisión en la adquisición de la información que, al ser contrastada con datos objetivos, supera cualquier sospecha de parcialidad por el vínculo familiar.
