El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) decidió anular la condena contra un hombre que en 2022 había sido sentenciado por delitos de abuso sexual y privación de la libertad contra su propia hija. La decisión se tomó luego de analizar nuevas pruebas que demostraron que la denuncia original pudo haber sido fabricada bajo presión.
El punto clave del caso fue la retractación de la víctima. Durante el proceso, la joven confesó que sus acusaciones iniciales eran falsas y que había mentido por influencia de quien era su pareja en ese momento. Según su testimonio, el hombre la incitó a inventar los hechos para perjudicar a su padre.
Para confirmar esta versión, la defensa presentó pruebas tecnológicas contundentes. Al revisar los teléfonos celulares, se descubrió que, en el mismo horario en que la joven supuestamente estaba inconsciente y cautiva, mantenía una comunicación fluida por llamadas y mensajes con su novio. Incluso se encontraron mensajes donde él le aconsejaba: “Tratá de decir algo que lo hunda”, dándole instrucciones sobre qué declarar.
Los jueces del TSJ explicaron que, si bien en casos de violencia de género el testimonio de la víctima es fundamental, no se puede condenar a una persona si existen pruebas objetivas que contradicen el relato o generan dudas razonables. En este sentido, señalaron que el principio de inocencia debe respetarse siempre y que la justicia no puede ignorar cuando una denuncia carece de respaldo real.
Tras este fallo, el hombre fue absuelto de los cargos más graves. No obstante, el tribunal ordenó que se inicie una nueva investigación limitada únicamente a una denuncia por presuntos tocamientos que formaba parte del expediente original, para determinar si ese hecho puntual ocurrió o no.
