El Gobierno argentino promulgó la ley 27721, que establece la eliminación del trámite de fe de vida para jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas. Con esta medida, los beneficiarios quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia.
La ley fue sancionada por el Congreso el 5 de julio y ahora ha sido promulgada hoy a través del Decreto 365/2023, publicado en el Boletín Oficial. Esta normativa establece que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones no Contributivas quedan exentos de presentar la declaración de supervivencia, así como cualquier trámite adicional con el mismo propósito. Esto implica que ya no será necesario que los beneficiarios demuestren su subsistencia para poder cobrar sus haberes y otros beneficios previsionales.
Asimismo, la ley dispone que los haberes o prestaciones de la seguridad social, tanto del SIPA como del Sistema de Pensiones no Contributivas a cargo del ANSeS, no requerirán la realización de ninguna acción por parte del beneficiario o apoderado para acreditar su supervivencia.
Por su parte, las entidades encargadas de realizar los pagos de jubilaciones y pensiones deberán considerar como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento del titular del beneficio, según establece el texto oficial.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) ha sido facultada para dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes a esta ley.
El decreto de promulgación lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete Agustín Rossi y de la ministra de Trabajo Raquel Kismer de Olmos.
Con esta medida, se busca simplificar y agilizar los trámites para los jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, eliminando la obligación de presentar la declaración de supervivencia y evitando así posibles inconvenientes y demoras en el cobro de los beneficios previsionales.
