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INHABILITAN A UNA ABOGADA POR EL DELITO DE DEFRAUDACIÓN POR PEDIRLE PLATA A UNA CLIENTA PARA “LIBERAR” A SU HIJO DE LA CÁRCEL

14 de junio de 2025550 Views
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La Cámara en lo Criminal y Correccional de 8° Nominación de la ciudad de Córdoba condenó a la abogada Nadia Gabriela Podsiadlo a dos años de prisión condicional por el delito de defraudación con el pretexto de remuneración ilegal, en grado de tentativa. Asimismo, le impuso una inhabilitación especial para ejercer la profesión por el término de tres años.
En la sentencia, el camarista Juan Manuel Ugarte –que presidió la sala unipersonal-sostuvo que la acusada engañó a la madre de un cliente que estaba privado de su libertad. Concretamente, le dio a entender que el fiscal a cargo de la causa exigía el pago de una suma de dinero en efectivo como supuesta remuneración para disponer su libertad. Sin embargo, la víctima Gloria Adriana Vallejos alertó sobre este requerimiento irregular a la fiscalía y la letrada fue detenida por la policía ni bien guardó en su cartera el dinero que le acababa de entregar la víctima, viendo frustrado su propósito por el oportuno actuar funcional.
Fianza
Cuando ocurrieron los hechos, en 2019, la abogada Podsiadlo le había solicitado originalmente 30.000 pesos a la damnificada a través de comunicaciones telefónicas y por WhatsApp. Dicha cifra coincidía con el monto fijado por la fiscalía para la fianza, esto es, la garantía que las autoridades judiciales requieren a las personas que recuperan su libertad para asegurarse de que seguirán a disposición de la justicia y cumplirán con las condiciones impuestas.
No obstante, en comunicaciones posteriores, la acusada señaló que se podían efectuar “rebajas”. Así dio a entender claramente que existía un acuerdo previo con el fiscal, quien, además, discrecionalmente podía reducir el monto a recibir.
Tras analizar la prueba, el vocal Ugarte concluyó que efectivamente ese fue el ardid utilizado por la abogada, para hacerse de un dinero no debido, sino que solo se pidió una fianza, que podía satisfacerse con la firma de cualquier abogado del foro. “Con sus dichos, claramente la imputada procuró engañar a Vallejos para que ésta hiciera la disposición patrimonial perjudicial”, señaló el camarista.
La sentencia agrega que la acusada aprovechó su calidad de abogada, así como la vulnerabilidad de la víctima para engañarla. En la determinación de los agravantes de la pena, la resolución subraya la “osadía” de la acusada que concretó este “abuso profesional a las puertas mismas del órgano judicial donde se encontraba interviniendo”.
El vocal Ugarte tuvo en cuenta la actitud desleal asumida por Podsiadlo para con sus pares profesionales, quienes procuran sana y honestamente llevar adelante el trato con encausados detenidos y sus familiares.
También consideró agravante de la pena el hecho de haber comprometido con su accionar el honor y la honra del Poder Judicial en su conjunto.
 
Contracautela
La sentencia admite que cualquier profesional que otorga una fianza tiene el derecho a solicitar y exigir una contracautela. No obstante, aclara que todo aquél que solicite una fianza o la otorgue, debe hacer saber que el dinero que solicita es para eso, para una garantía; no para entregárselo al funcionario interviniente, como ocurrió en este caso.
“Se ha acreditado certeramente, que el hecho delictivo que motiva la condena, así como su prueba de sustento, develan un actuar irregular de la profesional del derecho que se valió fraudulentamente del instituto de la fianza para procurar obtener un beneficio económico, bajo pretexto de ser entregado a un funcionario judicial”, apunta el fallo.
“El problema no es cobrar por una fianza, sino actuar en ello, o en cualquier otro extremo de la práctica forense, en forma deshonesta. Delictivamente, en nuestro caso”, agrega.
En cuanto a la pena, el vocal Ugarte coincidió con lo requerido por el fiscal de Cámara Fernando López Villagra.

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