Se recuerda a la comunidad que, de cara a las Elecciones Legislativas Nacionales que se realizarán este domingo 26 de octubre, rigen las prohibiciones establecidas por el Código Electoral Nacional (Ley 19.945).
Las autoridades informaron que es obligatorio el cumplimiento de la veda electoral, que establece una serie de restricciones que afectan principalmente la actividad comercial y las reuniones públicas.
Restricción clave: Venta de Bebidas Alcohólicas
La principal prohibición que afecta a bares, restaurantes y comercios es la venta de alcohol:
- Inicio de la prohibición: La venta y expendio de bebidas alcohólicas debe cesar a partir de las 20:00 horas del día sábado 25 de octubre.
- Fin de la prohibición: Se podrá retomar la venta recién a las 21:00 horas del día domingo 26 de octubre, tres horas después del cierre oficial de los comicios (18:00 hs.).
Horarios y modalidad para bares y restaurantes
Los comercios de gastronomía y afines también tienen restricciones durante la jornada electoral:
- Apertura y cierres: Confiterías, bares y restaurantes podrán permanecer abiertos hasta las 18:00 horas del domingo (cierre de los comicios).
- Modalidad de Venta: Hasta las 18:00 hs., solo podrán operar bajo la modalidad de retiro en puerta o servicio de delivery.
- Actividad Normal: Luego de las 18:00 hs. del domingo, los locales pueden volver a su actividad comercial habitual, pero deberán mantener la prohibición de venta de alcohol hasta las 21:00 hs.
Otras Prohibiciones de la Veda (Art. 71, 135 y 136 del Código Electoral Nacional):
Se recuerda a los ciudadanos que, además de la restricción de alcohol, rigen otras prohibiciones:
- Actos de Proselitismo: Se prohíben los actos públicos de campaña y la difusión de encuestas o sondeos preelectorales desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre.
- Espectáculos y Reuniones: Están prohibidos los espectáculos populares (al aire libre o cerrados), fiestas teatrales, deportivas y toda reunión pública ajena al acto electoral, durante el desarrollo del comicio y hasta tres horas después de su clausura (21:00 hs. del domingo).
- Zona de Comicios (80 metros):
- No se puede admitir reuniones de electores ni depósito de armas en casas ubicadas a menos de 80 metros de las mesas de votación.
- No se puede ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de ese radio.
- Prohibida la apertura de organismos partidarios en ese radio.
- Juegos de Azar: Se prohíbe el funcionamiento de juegos de azar en locales de clubes, asociaciones, comités o centros partidarios durante las horas del acto comicial.
- Distintivos Personales: Los electores no pueden portar armas, ni usar banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada.
