El Gobierno ha decidido habilitar a las prepagas y obras sociales a fijar libremente los precios de los coseguros, que hasta ahora eran estipulados por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS). Esta medida se oficializó mediante la Resolución 1926/2024, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La normativa deja sin efecto los aranceles vigentes en concepto de coseguros establecidos para las prestaciones médico-asistenciales contempladas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y sus normas complementarias, permitiendo que estos valores sean fijados libremente por las entidades.
El documento oficial argumenta que esta decisión busca garantizar una mayor competitividad y transparencia en el Subsistema de Salud, asegurando que los usuarios conozcan claramente qué servicios pueden requerir un costo adicional.
De esta manera, los Agentes del Seguro de Salud y las entidades de medicina prepaga podrán fijar libremente los valores de los coseguros de las distintas prestaciones médicas comprendidas, lo que, según el Ejecutivo, permitirá más y mejor oferta para los beneficiarios.
La nueva normativa no afecta al sistema público de salud y promueve la libre competencia entre los Agentes del Sistema del Seguro de Salud, permitiendo a los beneficiarios elegir con mayor libertad.
La medida impacta en todas las prestaciones médicas, excepto las que ya estaban exceptuadas, como los tratamientos oncológicos, discapacidad, plan materno infantil, y los previstos para el tratamiento de Hepatitis, VIH y enfermedades transmisibles, así como los comprendidos por el Sistema Nacional de Protección de Trasplantados.
Además, la resolución dispone que los valores de los coseguros asociados a cada prestación médica deberán ser informados a los beneficiarios con 30 días de antelación y publicados en la página web de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Esta decisión se enmarca en una nueva desregulación del sector sanitario. Con el inicio de la administración de Javier Milei, ya se había permitido la liberación de los precios en las cuotas de la medicina prepaga, lo que generó aumentos desmedidos y requirió de una cautelar para limitar dichas subas. Sin embargo, esta cautelar quedó sin efecto tras un acuerdo con las empresas sobre un plan de reintegro, permitiendo nuevamente ajustes sin restricciones.
En los considerandos de la resolución se recordó que, por el DNU 70/2023, se propició la liberación de las restricciones a los valores de las cuotas de los planes de salud del subsistema de medicina prepaga para aumentar la competitividad del Subsistema de Salud, y se aclaró que la liberación en el precio de los copagos también responde a dicho decreto.
