El Gobierno nacional estableció un cambio estructural en el mercado de productos con nicotina mediante una nueva resolución publicada en el Boletín Oficial, la cual fija reglas estrictas para la comercialización de vapeadores, dispositivos de tabaco calentado y bolsas de nicotina. La medida deroga normativas previas de la ANMAT para dar lugar a un sistema de control integral que exige el registro obligatorio y la trazabilidad de los productos para todos los fabricantes e importadores del sector.
Uno de los pilares de esta regulación es la prohibición total de saborizantes en los vapeadores, una decisión fundamentada en informes técnicos que señalan a estos aditivos como el principal incentivo para el inicio del consumo de nicotina en adolescentes. El nuevo esquema normativo fue desarrollado de manera conjunta por el Ministerio de Economía, el Ministerio de Salud, la ANMAT y la Jefatura de Gabinete, con el fin de formalizar un mercado que presentaba altos niveles de irregularidad.
Desde la comunidad médica se ha manifestado una creciente preocupación basada en estudios internacionales que vinculan la nicotina con afectaciones a la salud cardiovascular. En el ámbito local, especialistas advierten sobre el auge del consumo entre menores de edad, particularmente de las bolsas de nicotina denominadas “pouches”, cuya expansión ha sido denunciada por entidades como la Unión Antitabáquica Argentina desde el año 2025 debido a su fácil acceso.
La normativa vigente a partir de este lunes 4 de mayo de 2026 también contempla el combate al contrabando y la implementación de un nuevo esquema impositivo para estos dispositivos. En adelante, solo se permitirá la venta de productos que cuenten con el debido registro oficial y que detallen con precisión técnica sus componentes y niveles de concentración de nicotina, otorgando al Estado mayores herramientas de fiscalización y sanción para mitigar riesgos sanitarios en la población.
