La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) aplicará una actualización en los haberes de las Pensiones No Contributivas (PNC) a partir del próximo mes de agosto de 2026. El incremento, establecido en un 1,9 por ciento, se calcula bajo la fórmula de movilidad vigente que toma como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio, recientemente difundido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
Con la incorporación de este porcentaje de aumento, los beneficiarios de las Pensiones No Contributivas por Invalidez y por Vejez pasarán a percibir un haber de 293.872 pesos durante el octavo mes del año. Por su parte, la prestación destinada a las Madres de Siete Hijos o más se elevará a un monto de 419.817,13 pesos a partir del próximo calendario de pagos.
Para consultar de manera individual las fechas de cobro y los montos finales con los descuentos o asignaciones particulares, los usuarios deberán ingresar a la plataforma oficial Mi Anses utilizando su número de CUIL y la Clave de la Seguridad Social. Una vez dentro del sistema, la opción “Mis Cobros” reflejará el estado de la prestación correspondiente a agosto junto con la fecha analítica de pago asignada por el organismo previsional.
La normativa vigente para acceder a estas prestaciones no contributivas mantiene sus requisitos estructurales según cada categoría. Para las pensiones por invalidez, destinadas a menores de 65 años con problemas de salud o vulnerabilidad social, se exige residencia mínima en el país de 10 años en el caso de extranjeros y no percibir ningún otro beneficio de regímenes previsionales, limitando los ingresos familiares en el caso de menores a un tope de cuatro jubilaciones mínimas.
En tanto, para el acceso a la pensión de madres de siete hijos, se requiere que la solicitante sea argentina o naturalizada con al menos un año de residencia, o bien extranjera con un mínimo de 15 años de permanencia en el territorio, sin contar con ingresos propios de sustento. Finalmente, la pensión por vejez se destina a personas de 70 años o más que cumplan con los años de residencia exigidos por la ley y que no cuenten con ninguna otra cobertura previsional ni se encuentren privadas de su libertad.
