En horas de la tarde del martes, personal policial se presentó en la continuación de la calle Alsina de barrio Los Altos a solicitud de una dotación de bomberos, debido a que en el lugar se habría originado nuevamente la quema de pastizales por parte de un vecino.
El mencionado vecino, en su momento, habría hecho caso omiso a la advertencia previa, constatándose la infracción. Por esta razón, se inició el procedimiento correspondiente, quedando todo lo actuado a disposición del magistrado interviniente en la causa.
El artículo 91 del Código de Convivencia Ciudaddana de la provincia establece hable sobre el “Peligro de incendio” y establece que serán sancionados con multa de hasta cincuenta Unidades de Multa (50 UM) o arresto de hasta cincuenta (50) días los que, sin causar incendios, prendieren fuego en predios urbanos o rurales, en los caminos y en zonas de esparcimiento -públicas o privadas-, sin observar las precauciones necesarias para evitar su propagación. La sanción será de hasta ciento veinte (120) días de arresto, no redimible por multa, cuando el fuego se prendiere durante los períodos en que el Poder Ejecutivo Provincial haya declarado la emergencia ambiental por riesgo de incendio.
