El Juzgado de Control en lo Penal Económico de la ciudad de Córdoba ha confirmado la citación a juicio de quince personas acusadas de cometer múltiples estafas telefónicas utilizando la modalidad de débitos inmediatos, conocidos como DEBIN, una compleja maniobra donde incluso algunos de los implicados operaban mientras estaban alojados en la cárcel de Bouwer.
Solo uno de los acusados fue sobreseído por el juez Gustavo Hidalgo debido a una duda insuperable en su participación. En una resolución previa, el magistrado ya había concedido la suspensión del proceso a prueba por el término de un año a otros cinco imputados que, en una audiencia pública, ofrecieron reparar económicamente a las víctimas, además de imponerles el sometimiento al tribunal y la realización de trabajo solidario en instituciones públicas.
La acusación sostiene que los imputados actuaron de manera coordinada para concretar las estafas, perjudicando la propiedad de las víctimas, en su mayoría comerciantes del rubro de la construcción. El modus operandi implicaba que una parte de la banda recolectaba datos personales y bancarios de los damnificados, que luego eran suministrados a los cómplices alojados en el penal de Bouwer. Desde allí, utilizando nombres falsos, realizaban llamadas telefónicas con un discurso engañoso, haciéndoles creer a los comerciantes que estaban interesados en adquirir materiales.
Una vez acordados los términos de la supuesta compra, los estafadores los engañaban alegando un error en la acreditación de las transferencias, enviándoles por WhatsApp fotografías de comprobantes bancarios apócrifos. Como parte del ardid, guiaban a los comerciantes dándoles instrucciones para que, desde su home banking, aprobaran la operación DEBIN, lo que en realidad significaba autorizar una transferencia de su propio dinero a las cuentas de los estafadores.
De esta forma, las víctimas autorizaban, sin saberlo, el desapoderamiento ilegítimo de sus fondos, que luego eran retransferidos a cuentas de otros cómplices para dificultar el rastreo, generando un perjuicio económico total que asciende a aproximadamente $4.086.900. El juez Hidalgo rechazó las defensas que argumentaban la falta de pruebas, destacando que existen múltiples indicios que, valorados en su conjunto, sustentan sólidamente la acusación fiscal e impiden en esta etapa procesal desvincular a los encartados de los hechos investigados.
