El Juzgado Civil y Comercial de 13° Nominación de la ciudad de Córdoba dictó la sentencia de categorización de acreedores en el concurso de agrupamiento que involucra a las firmas Conoc SRL, Khaliq Anwar SRL, Vlacol SAS, junto a Ezequiel Ocaña y Verónica Inés Ocaña. Con esta resolución, el juez Lucas Dracich estableció el inicio del período de exclusividad, el cual se extiende desde el lunes 1° de junio hasta el 23 de octubre de 2026, lapso en el que las empresas concursadas y sus acreedores deberán negociar los términos de un acuerdo en base a la propuesta que formulen las firmas.
A los fines de garantizar la transparencia y la organización del proceso debido a la gran cantidad de afectados, el magistrado recordó que cualquier conformidad presentada por un representante legal deberá contar de forma obligatoria con el documento que acredite fehacientemente dicho poder y sus facultades. Esta medida rige de manera independiente a los requisitos habituales que estipula la Ley de Concursos y Quiebras para la obtención de las mayorías necesarias.
Finalmente, el fallo determinó las categorías definitivas en las que quedaron agrupados los acreedores para la base de cálculo de las conformidades. El esquema quedó dividido en acreedores con privilegio especial, acreedores con privilegio especial y general laborales, acreedores con privilegio general, acreedores quirografarios laborales, acreedores quirografarios dinerarios y acreedores quirografarios por escrituración, detallándose los montos y los integrantes de cada grupo en los documentos anexos a la resolución judicial.
