El Juzgado de Familia de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba hizo lugar al pedido de restitución internacional de un niño de tres años para que regrese a Bogotá, Colombia, tras determinar que su traslado a la Argentina en febrero pasado fue de carácter ilícito.
El juez Gabriel Tavip resolvió que el menor tenía su residencia habitual y centro de vida consolidado en la capital colombiana antes de ser traído al país por su madre de manera unilateral, sin el consentimiento del progenitor ni autorización judicial, en contravención con los convenios internacionales vigentes. Asimismo, el magistrado desestimó los planteos de la defensa materna respecto de un supuesto grave riesgo o falta de ejercicio de custodia paterna.
Pese a ordenar la restitución, el fallo dispuso que el pequeño viaje acompañado por su madre, reconocida como su principal referente afectivo, quien mantendrá el cuidado provisorio en Colombia hasta que los tribunales de ese país resuelvan sobre la responsabilidad parental definitiva.
Para garantizar la integridad de ambos, el juzgado condicionó la entrega de los pasaportes y la salida del país al cumplimiento previo de un protocolo de “regreso seguro”. Entre las exigencias impuestas, el padre deberá costear los pasajes aéreos para ambos y proveerles una vivienda en Bogotá por el lapso de un año con comodidades equivalentes a las que tenían previamente.
La resolución dio intervención a la Autoridad Central argentina para coordinar con sus pares colombianos la supervisión de las medidas, además de solicitar que se garantice a la mujer patrocinio jurídico gratuito y asistencia institucional frente a cualquier situación de vulnerabilidad.
