La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el territorio nacional el uso, comercialización, publicidad y distribución de cualquier producto destinado al uso humano que contenga la sustancia retatrutida (o retatrutide). La restricción rige tanto para la venta física como para plataformas de comercio electrónico.
La resolución, formalizada a través de la Disposición N° 6140/2026 publicada en el Boletín Oficial, fundamenta que dicho principio activo no cuenta con especialidades medicinales autorizadas ni registradas en Argentina. Actualmente, la molécula permanece en fase de ensayo clínico internacional por sus eventuales efectos sobre la diabetes tipo 2 y el control glucémico, por lo que carece de aval de seguridad y eficacia para su venta al público.
Las actuaciones se originaron a partir de una denuncia digital que alertó sobre la venta clandestina del componente en dos sitios web como un supuesto tratamiento para el descenso de peso. Tras la investigación técnica, el organismo constató que los artículos carecían de trazabilidad, habilitación y controles sanitarios obligatorios, sumándose a las alertas epidemiológicas ya emitidas por agencias regulatorias de Brasil y Paraguay.
A raíz de estas irregularidades, se formalizó una ampliación de denuncia penal ante el Juzgado Federal Criminal y Correccional de Lomas de Zamora N° 2, con intervención de la División Delitos contra la Salud de la Policía Federal Argentina. Desde la ANMAT remarcaron que la prohibición no afecta a los protocolos de investigación clínica debidamente autorizados por la autoridad sanitaria.
