El Tribunal de Gestión Asociada de Cobros Particulares de la ciudad de Córdoba ordenó avanzar con la ejecución de un pagaré impago contra un hombre con discapacidad visual, al rechazar las excepciones de falsedad e inhabilidad de título interpuestas por su defensa. El demandado sostenía que no había rubricado el documento y alegaba una imposibilidad legal y física para contraer obligaciones debido a una presunta ceguera absoluta, planteos que fueron desestimados a partir de los elementos periciales y jurídicos evaluados en la causa.
La resolución, dictada por el juez Alcides Bustamante Saavedra, se sustentó principalmente en una pericia caligráfica oficial basada en el método grafocinético. Dicho informe técnico, que no recibió objeciones de las partes, analizó los automatismos intrínsecos de la escritura y determinó de manera indubitable la correspondencia entre los trazos del documento y el puño del ejecutado, lo que tornó irrelevante si el texto restante fue completado por un tercero. Asimismo, el magistrado consideró que no se probó la ceguera total invocada —distinguiéndola de la ceguera legal— y aplicó la presunción de capacidad civil que rige en la legislación vigente, desestimando que la condición visual invalide por sí misma la validez del título ejecutivo.
