La justicia informó sobre el plan piloto para realizar audiencias orales de prisión preventiva en seis nuevas circunscripciones judiciales, según lo decidió el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) a través del Acuerdo Reglamentario n.° 1852. Este plan piloto ya se implementaba en otras áreas judiciales y ahora se aplicará en los Juzgados de Control de Bell Ville, Villa Dolores, Cruz del Eje, Laboulaye, Deán Funes y Río Tercero, que corresponden a la Tercera, Sexta, Séptima, Octava, Novena y Décima Circunscripción Judicial, respectivamente.
El acuerdo establece que estas audiencias orales se utilizarán para determinar la prisión preventiva en casos de flagrancia (cuando una persona es sorprendida cometiendo un delito), cuasi flagrancia (cuando la persona es detenida poco después de cometer el delito) y flagrancia ficta (cuando la evidencia es tan clara que es como si la persona hubiera sido sorprendida en el acto), investigados por las Fiscalías de Instrucción bajo la competencia de los mencionados Juzgados de Control.
Además, se incluye la oralidad en la etapa recursiva (cuando se apelan decisiones) ante la Cámara correspondiente, conforme al artículo 467 bis del Código Procesal Penal (CPP). Esto ya se estaba aplicando en los Juzgados de Control de la ciudad de Córdoba, la Cámara de Acusación y las sedes judiciales de Río Cuarto, Villa María y San Francisco.
Este cambio es parte de una reforma introducida por la Ley 10.457 que busca fortalecer el sistema acusatorio, que implica una clara división de roles en el proceso judicial y garantiza los derechos constitucionales durante la imposición de medidas de coerción, como la prisión preventiva.
Capacitación
Antes de implementar el plan en las nuevas circunscripciones, la Secretaría Penal del TSJ y el Centro de Perfeccionamiento Ricardo Nuñez organizaron capacitaciones para los agentes involucrados. Estas capacitaciones incluyeron talleres para jueces, defensores públicos y fiscales, enfocados en el análisis y reflexión sobre las audiencias orales de prisión preventiva según los artículos 336 y 336 bis del CPP.
Los objetivos de estas capacitaciones fueron compartir experiencias, reflexionar sobre las prácticas de oralidad, entender los nuevos roles de los actores judiciales y resolver dudas y problemas emergentes en las audiencias de prisión preventiva.
