El Gobierno nacional implementó un nuevo protocolo diseñado para la protección de la propiedad de las semillas en el país, una medida con la que proyecta un incremento en las exportaciones de más de 4.000 millones de dólares anuales. La iniciativa, orientada a fortalecer la propiedad intelectual en el sector agropecuario, está dirigida a controlar la identidad varietal de los granos en el primer punto de entrega, garantizando así de manera efectiva los derechos de los obtentores de variedades vegetales. La normativa fue introducida por el Instituto Nacional de Semillas (INASE) y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca mediante la Resolución Conjunta 3/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial al amparo de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.
En los considerandos de la resolución oficial, el Poder Ejecutivo sostuvo que el control de la identidad varietal sobre el grano es un mecanismo fundamental para asegurar el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual de los desarrolladores de tecnología en especies de reproducción autógama. En ese sentido, se explicó que el significativo avance de la tecnología aplicada a la verificación de la identidad de las semillas permite actualmente determinar la misma en plazos considerablemente reducidos, lo que dota de una mayor solidez probatoria a las actuaciones administrativas ante presuntas infracciones del sector. Al respecto, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, destacó a través de sus redes sociales que cada productor argentino tendrá la libertad de elegir este mecanismo para recuperar 30 años de atraso en la calidad de sus semillas, remarcando que gracias a esta actualización se estima el mencionado millonario incremento en los despachos al exterior.
La resolución detalla de manera estricta los pasos y requisitos esenciales para el correcto funcionamiento de este sistema de control integrado. En primera instancia, todos los establecimientos que operen como primer punto de entrega de granos deben estar debidamente registrados en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA). Asimismo, la toma de muestras debe realizarse según las normas de calidad y muestreo vigentes, permitiendo que los responsables de los establecimientos suscriban acuerdos con entidades privadas para financiar y coordinar la entrega de los materiales. Por otra parte, solo las Cámaras Arbitrales o entidades privadas que posean convenios vigentes con el INASE estarán habilitadas para realizar los análisis de identidad correspondientes utilizando métodos oficialmente reconocidos en la materia.
Finalmente, la normativa establece que una vez realizado el examen, los resultados deberán enviarse de forma inmediata y simultánea tanto al titular de la variedad como al titular de la muestra. En cuanto a la gestión física de los elementos analizados, la porción estudiada y una muestra de respaldo deben conservarse cerradas y rotuladas por un lapso de 60 días corridos desde la emisión del certificado, período en el cual el obtentor podrá presentar una denuncia ante el INASE si detecta irregularidades. De ocurrir esto, se suspenderá la destrucción de la muestra y el material será remitido al organismo oficial para dar curso a las acciones sumarias pertinentes. El protocolo comenzará a aplicarse de inmediato a los cultivares que se inscriban en los registros nacionales, advirtiéndose que quienes incumplan lo dispuesto se enfrentarán a las multas y penalidades administrativas previstas en el Artículo 38 de la Ley de Semillas, buscando optimizar la trazabilidad y la inversión tecnológica en el mercado local.
