DEBERÁ DEJAR DE PAGAR LA CUOTA ALIMENTARIA PORQUE EL HIJO ABANDONÓ LA UNIVERSIDAD
Un fallo inédito asienta un precedente sobre el pago de la cuota alimentaria por parte del progenitor a su hijo mayor de 21 años que estudia en la universidad.
El nuevo Código Civil de Argentina establece que el pago de la cuota alimentaria de los 21 hasta los 25 años son excepcionales. Para ello, el joven tiene que acreditar que cursa una carrera o que está aprendiendo algún oficio, que lo hace de manera sostenida y regulada en el tiempo y con una cierta eficacia, la currícula o el cursado es de tal magnitud que le impide desarrollar alguna actividad rentada para poder sostenerse económicamente.
En este caso, un joven de 21 años no pudo acreditar que estaba estudiando en la universidad por lo que la Cámara 2ª de Familia resolvió que el padre ya no estaba obligado a pagar el 50 por ciento de su salario mínimo vital y móvil.
La magistrada aseguró que el joven “acompañó simplemente la constancia de la libreta de la carrera que el cursaba y que la había iniciado en el año 2014. Había solo una materia rendida en el 2016 y estábamos en el 2018, es decir, le estaba faltando el segundo requisito”, dijo a Eldocetv.
De todas formas, Moreno de Ugarte aclaró que se dio en el marco de una medida provisoria: “Esto quiere decir que hay que acreditar la verosimilitud del derecho. Lo que no quita que a lo largo del proceso se ofrezca prueba y esta situación se revierta”.